Tabla Retención 2026
Referencia rápida · Art. 383 E.T.
✅ UVT 2026: $52.374 · Res. DIAN 000238| Rango (UVT) | Equiv. $ | Tarifa |
|---|---|---|
| 0 – 95 | Hasta $4.975.530 | 0% |
| 95 – 150 | $4.975.530 – $7.856.100 | 19% |
| 150 – 360 | $7.856.100 – $18.854.640 | 28% |
| 360 – 640 | $18.854.640 – $33.519.360 | 33% |
| 640 – 945 | $33.519.360 – $49.493.430 | 35% |
| 945 – 2.300 | $49.493.430 – $120.460.200 | 37% |
| > 2.300 | Más de $120.460.200 | 39% |
¿Qué es la Retención en la Fuente?
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta. Tu empleador descuenta mensualmente un porcentaje de tu salario como anticipo del impuesto que deberás pagar en tu declaración anual de renta. No es un descuento definitivo: si te retuvieron más de lo que realmente debes, la DIAN te devuelve la diferencia.
Umbral 2026
Solo aplica si tu base gravable supera 95 UVT — equivalente a $4.975.530 mensual en 2026
Tabla Progresiva
A mayor ingreso, mayor porcentaje. Las tarifas van del 19% al 39% según el rango de UVT
Deducciones
Renta exenta del 25%, intereses de vivienda, dependientes y medicina prepagada reducen la base gravable
Recuperable
Si te retuvieron de más, puedes solicitar devolución a la DIAN en tu declaración anual de renta
Tabla de Retención en la Fuente 2026 — Tabla Oficial DIAN
La siguiente tabla corresponde al Artículo 383 del Estatuto Tributario con el UVT de $52.374 vigente en 2026 (Resolución DIAN 000238 del 15 de diciembre de 2025). El cálculo se aplica sobre la base gravable, no sobre el salario bruto.
| Rango en UVT | Equivalente en pesos 2026 | Tarifa | Impuesto base |
|---|---|---|---|
| 0 – 95 | $0 – $4.975.530 | 0% | $0 |
| 95 – 150 | $4.975.530 – $7.856.100 | 19% | $0 |
| 150 – 360 | $7.856.100 – $18.854.640 | 28% | 10 UVT ($523.740) |
| 360 – 640 | $18.854.640 – $33.519.360 | 33% | 69 UVT ($3.613.806) |
| 640 – 945 | $33.519.360 – $49.493.430 | 35% | 162 UVT ($8.484.588) |
| 945 – 2.300 | $49.493.430 – $120.460.200 | 37% | 268 UVT ($14.036.232) |
| > 2.300 | Más de $120.460.200 | 39% | 770 UVT ($40.327.980) |
* Los valores en pesos se calculan multiplicando el número de UVT por $52.374 (UVT oficial 2026). El UVT de 2025 era $49.799 — subió 5.17%.
¿Cómo se Calcula la Base Gravable para Retención?
La base gravable no es tu salario bruto. Se calcula así:
Salario bruto: $8.000.000
Menos salud (4%): − $320.000
Menos pensión (4%): − $320.000
Subtotal: $7.360.000
Menos renta exenta 25%: − $1.840.000
Base gravable: $5.520.000 (105.4 UVT)
Retención (19% sobre excedente de 95 UVT): ≈ $203.000/mes
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto es el UVT en 2026?
El valor de la UVT en 2026 es $52.374, fijado por la DIAN mediante Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025. Representa un incremento del 5.17% frente a los $49.799 de 2025. El umbral de retención (95 UVT) equivale a $4.975.530 en 2026.
¿Desde cuánto salario me aplican retención en 2026?
La retención solo aplica cuando tu base gravable supera los $4.975.530 mensuales (95 UVT). Dado que la base gravable se calcula restando descuentos de seguridad social y la renta exenta del 25%, en la práctica necesitas un salario bruto de aproximadamente $6.500.000 a $7.000.000 para que empiece a aplicar, dependiendo de tus deducciones.
¿Qué diferencia hay entre la retención de 2025 y 2026?
El único cambio es el valor de la UVT, que subió de $49.799 a $52.374 (+5.17%). Esto eleva todos los umbrales en pesos: el mínimo de retención pasa de $4.730.905 a $4.975.530. Las tarifas (19%, 28%, 33%, 35%, 37%, 39%) no cambiaron.
¿La retención en la fuente y el impuesto de renta son lo mismo?
No. La retención es un anticipo del impuesto de renta. Al presentar tu declaración anual, comparas lo retenido con el impuesto real. Si te retuvieron de más, la DIAN te devuelve el exceso (saldo a favor). Si te retuvieron de menos, pagas la diferencia.
¿Cómo puedo reducir legalmente mi retención?
Informa a tu empleador sobre todas las deducciones permitidas: intereses de vivienda (hasta 1.200 UVT anuales), dependientes económicos (hasta 32 UVT por persona), medicina prepagada (hasta 16 UVT/mes) y aportes voluntarios a pensión o AFC (hasta el 30% de tus ingresos). Cada deducción reduce tu base gravable y, con ello, la retención mensual.